(809) 585-2636

Servicio de Atención al Usuario (SAU)

Requerimiento de Información
para clientes Fallecidos

  • Acta de defunción debidamente legalizada, de la persona nombre de quien está el titulo. Copia de la cédula o pasaporte.
  • Acta de nacimiento de los hijos.
  • Actas de defunción, si algún hijo ha fallecido.
  • Acta de nacimiento de los hijos del hijo fallecido.
  • Copias de las cédulas.
  • Acta de matrimonio, para probar la calidad de la esposa (o) común en bien.
  • Acto de notoriedad por ante siete testigos, hecho por Juez de Paz o Notario Público, en la que se establezca la determinación de herederos de la persona fallecida.
  • Recibo de pago de impuestos sucesorales y pliego de declaración sucesiones de la DGII.
  • En caso de que los herederos el o la cónyuge común en bienes decidan apoderar a uno o más herederos para gestionar y retirar
    los valores correspondientes, deberán otorgar formal y expreso poder y autorización mediante documento instrumentado por un
    Notario Público, en caso que no fuere posible, deberán firmar y otorgar descargo al Banco todos y cada uno de los herederos
    previamente determinados.

Nota: Para inversiones en acciones se requiere presentar comunicación dirigida al BANCO donde se indique la intención de poner a la venta dichas acciones, además indicar en detalle cada uno de los certificado de acciones.